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Conocé los pasos, dónde realizarlos y los requisitos para tus trámites municipales.

BÚSQUEDA

Exención en Automotores para vehículos afectados a personas discapacitadas

¿Dónde se realiza?

Subdirección de Descentralización Tributaria.

Alberdi N° 500, Planta Baja.


¿Cúando se puede realizar?

De lunes a viernes de 8:00 a 14 hs.


Turno

no


Costo

Sin Costo.


Última modificación

2022-10-25

- Informacion importante

Identificación del automotor mediante número de dominio (patente) al que se reconocerá la dispensa de pago, salvo en el caso de las instituciones que podrán incorporar hasta 2 unidades, o la Autoridad de Aplicación lo amplíe. En todos los casos previstos, cuando exista cotitularidad sobre el bien, el beneficio se otorgará en la proporción de los sujetos beneficiados.
El titular podrá ser además el cónyuge, ascendiente, progenitor afín en los términos de los artículos 672 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, descendiente, colateral en segundo grado, tutor, curador o guardador judicial, la persona que sea designada apoyo en los términos del artículo 43 del Código Civil y Comercial de la Nación conforme las facultades conferidas en la sentencia que lo establezca, o la pareja conviviente cuando acredite un plazo de convivencia no menor a dos (2) años mediante información sumaria judicial o inscripción en el Registro de Uniones Convivenciales.

Documentación necesaria

  • Constancia de Inscripción de AFIP y/o Anses (CUIL - CUIT - DNI)
  • Certificado expedido por el Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la persona con discapacidad que acredite la obtención del símbolo internacional de libre tránsito y estacionamiento en los términos de la Ley 19279 (Se puede descargar en "MI ARGENTINA") Vigencia de emisión no superior a 120 días.
  • Certificación expedida por el Programa Provincial de Rehabilitación dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, en los términos de Ley 10592. Verificándose en cualquiera de los casos que conste el Código de discapacidad. Vigencia de emisión no superior a 120 días.
  • De no ser la persona con discapacidad quien solicite: Actas o Partidas de nacimiento/Matrimonio, o Información Sumaria Judicial (pareja conviviente). Si correspondiera, Poder General o Especial otorgado ante Escribano Publico (Formulario R331 V2). DNI del autorizado y completar Formulario R-999.
  • Título de propiedad del vehículo y cedula verde (y azul en el caso que sea necesario) y licencia de conducir.
  • Nota con carácter de declaración jurada, cuya firma deberá estar realizada por la Autoridad Notarial, Judicial o Administrativa, en la que deberá indicar que: “La discapacidad le dificulta su movilidad, ampliando los alcances del impedimento.
    Que la minusvalía le impide o entorpece el uso del transporte público de pasajeros.
    Que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requiere la utilización de un automotor (se deberá informar en cada caso dichas actividades, los establecimientos a los cuales concurre mediante vehículo y la frecuencia de esa vinculación).
    Manifestar que el vehículo se encuentra afectado para el servicio EXCLUSIVO de la persona con discapacidad y declarar no poseer otra exención de igual naturaleza a la solicitada.
    Indicar él o los terceros autorizados para conducir, en caso de que por la edad, la naturaleza y/o grado de discapacidad el beneficiario de halle imposibilitado para la conducción.

  • Pasos a realizar

    Paso 1

    Presentarse el titular o persona con interés legítimo, en caso de que sea un tercero deberá acompañar eL Formulario 002, original y copia del DNI del autorizado y completar el Formulario R999, que será provisto en el momento.

    Paso 2

    Acreditar la discapacidad mediante certificaciones extendidas conforme la Ley Nº 10.592, la Ley Nº 22.431 o la legislación que las modifique o reemplace; o demuestren que se encuentren comprendidos en los beneficios establecidos en la Ley Nº 19.279, conforme artículo 1º del Decreto Nº 1.313 (y su reglamentación).