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Don Bosco N° 457. esquina Yapeyú, Bernal Oeste
TEL: 4251- 6581


Es su función establecer el control, relevamiento y expedición del Arbolado Público Urbano, además de preservar especies florales y arbóreas, asesorando, entre otras cosas, en las actividades de poda.
La Escuela comenzó a trabajar en 1979 en el predio “El Dorado”, donde hoy funciona la Escuela Agropecuaria y en el período 2000 - 2003 fue trasladada a la localidad de Bernal (Don Bosco 457). Su nombre le fue impuesto en honor a una de las personas que más trabajó en pos del desarrollo cultural y ambiental de la ciudad.
La Escuela Municipal de Jardinería prevé una amplia variedad de cursos de capacitación, dictados de manera gratuita por Profesionales y Técnicos de reconocido nivel académico.
El predio cuenta con instalaciones básicas, aulas y sanitarios, más un sector para realizar prácticas. Además, funciona una pequeña biblioteca con textos y publicaciones afines que los alumnos pueden consultar en el lugar. También se realizan viajes de estudio y charlas técnicas extra programáticas.
Al finalizar el ciclo lectivo, habiendo cumplido con el requisito de asistencia mínima obligatoria, se entrega un Certificado de validez Municipal.


Con el objetivo de proteger y preservar el arbolado urbano de nuestra ciudad, la Secretaría de Medio Ambiente, Higiene Urbana y Turismo ha conformado el Registro de Podadores de Quilmes.
Los inscriptos que a continuación se detallan fueron capacitados en la Jornada de Criterio Único de Poda organizada por el Municipio, en la cual se desarrollaron los criterios de manejo y conducción del arbolado, de acuerdo a lo establecido por la legislación vigente en Quilmes.
Este registro podrá ser consultado por todos aquellos contribuyentes que hayan sido autorizados por el municipio a podar de manera correctiva o extraer uno o varios ejemplares arbóreos de su frente por razones excepcionales.
El podador seleccionado por el vecino deberá presentarse en el domicilio con el DNI y el número de Registro correspondiente. A su vez, el contribuyente deberá presentarle la disposición en la cual el municipio autoriza la poda del ejemplar de su frente, y deberá llamar previamente a la delegación municipal para coordinar el retiro de los residuos derivados de la actividad.