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DIRECCIÓN DE FALTAS

Inicio > Secretaría de Gobierno > Dirección de faltas

En el ámbito del partido de Quilmes, los Juzgados de Faltas detentan el ejercicio de la función jurisdiccional en materia de faltas contravencionales por infracciones a Ordenanzas municipales y leyes provinciales y nacionales cuya aplicación corresponda a las municipalidades, teniendo por función principal su instrucción y juzgamiento a partir de su constatación.

La Dirección General de Faltas tiene como misión coordinar y poner en marcha todas aquellas funciones administrativas inherentes a las contravenciones. Asimismo le compete la instrucción de todas las causas residuales y que corresponden a aquellas infracciones cometidas antes del 15 de marzo de 2008.

AUTORIDADES

JUZGADOS DE FALTAS Nº 1
Juez: Dr. Adrián Rodríguez

JUZGADO DE FALTAS Nº 2
Juez: Dr. Mario Carlos Fariña

JUZGADO DE FALTAS Nº 3
Juez: Dr. Jorge Briasco

DIRECCION GENERAL DE FALTAS
Director General: Dr. Javier Murganti

TIPO DE INFRACCIONES

a- INFRACCIONES A ORDENANZAS MUNICIPALES, LEYES PROVINCIALES Y NACIONALES CUYA APLICACION LE ES DELEGADA A LA MUNICIPALIDAD.

 b- INFRACCIONES A LAS REGLAMENTACIONES DEL TRANSITO:

*LEY 11.430 –Código de Tránsito - (hasta el 7 de febrero de 2007).

*DECRETO 40/07 (desde el 8 de febrero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2008).
*LEY PROVINCIAL 13.192 que adhiere a la LEY NACIONAL 24.449, Y SUS DECRETOS REGLAMENTARIOS (desde el 1 de enero de 2009).

c- INFRACCIONES A LA LEY 13.133 Y 24.240 -DEFENSA DEL CONSUMIDOR-.

El procedimiento se rige por el Código de Faltas y comprende las siguientes instrucciones
 
a.- Revisión de legalidad de la etapa de constatación
b.- Audiencia-descargo
c.- Medidas para mejor proveer (reinspecciones, pedidos de informes, denuncias)
d.- Confirmación medidas cautelares.
e.- Determinación del pago voluntario y cobro de multas
f.- Liberación automotores demorados
g.- Levantamiento medidas cautelares
h.- Comunicaciones a entes Provinciales (RUIT -Secretaría de Producción) de multas y verificación de antecedentes.

Denuncias efectuadas en la Dirección de Defensa del Consumidor.

La competencia delimitada por Ley 13.133 se ciñe exclusivamente a la resolución de la causa agotada la instancia conciliatoria o fracasado el acuerdo homologado.

En la Dirección de Faltas se pueden realizar los siguientes trámites:

INFRACCION DE TRANSITO

1.- Notificarse personalmente o por cédula de la infracción constatada ante lo cual podrá:
a) Realizar descargo: formular su defensa y ofrecer y producir toda la prueba de que intente valerse.
b) Pago voluntario: Reconocer la falta que se le imputa y abonar la multa correspondiente con el beneficio del 50% de descuento. (Ley 13.927).
2.- Ante la imposición de sanciones podrá interponer los recursos de revisión, nulidad y apelación dentro de los cinco (5) días corridos de notificada la misma. Los recursos deberán presentarse por escrito y debidamente fundados.-
3.- Liberación vehículos demorados.
4.- Retención preventiva de licencia de conducir.

INFRACCIONES DE COMERCIO, INDUSTRIA, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE

1.- Reconocer la falta: Abonando la multa correspondiente solicitando el archivo del expediente.
2.- Realizar descargo: en forma escrita y presentarlo ante la Mesa General de Entradas de Faltas dentro de los 5 días de notificado de la falta. DEBERA ACREDITAR PERSONERIA Y CONSTITUIR DOMICILIO EN EL RADIO DEL JUZGADO
3.- Levantamiento de medidas cautelares: (clausura preventiva, secuestro o paralización de obra)
* El DECOMISO queda exceptuado atento que implica la pérdida de la propiedad del bien decomisado.
4.- Ante la imposición de sanciones el imputado podrá:
* Abonar la multa.
* Recurrir la resolución. (Apelación o nulidad) dentro de los 5 días corridos de notificado, presentado por escrito y fundado en la Mesa General de Entradas de Faltas)

*Tenga en cuenta que si no se presenta a ejercer sus derechos, la multa impuesta se ejecutará judicialmente.

EL NO PAGO DE MULTAS IMPLICA LA IMPOSIBILIDAD DE RENOVAR LICENCIA DE CONDUCIR Y/O HABILITAR COMERCIOS O INDUSTRIAS Y/U OTROS TRAMITES MUNICIPALES.

LIBRE DEUDA DE CONTRAVENCIONES
Requisitos:

Para habilitar a nombre de una persona física:
1.- Timbrado de $ 25.- (Se solicita en Sede del Palacio Municipal - Alberdi 500)
2.- Copia de Documento Nacional de Identidad

Para habilitar a nombre de una persona jurídica:
1.- Timbrado de $ 25.- (Se solicita en Sede del Palacio Municipal - Alberdi 500)
2.- Constancia de CUIT
3.- Copia del Estatuto
4.- Copia del Documento Nacional de Identidad de los socios

Municipio de Quilmes
Alberdi 500 Quilmes - Buenos Aires. Teléfonos: 4253-7001 / 5555 | 4257-3929 / 3777 | 4254-4167. Horario de Atención: 8:00 a 14:00 hs.
Atención al vecino: 0800-999-5656, de lunes a viernes de 8 a 18 hs. atencionalvecino@quilmes.gov.ar
Para consultas sobre el sitio: contenidos@quilmes.gov.ar